SERVICIOS AL AFILIADO

SEÑOR USUARIO  ES IMPORTANTE QUE USTED CONOZCA ESTE TRAMITE:


Si usted laboró para una empresa mínimo 12 días dentro del mes, tendrá derecho a solicitar el subsidio de ese perìodo previa solicitud en nuestras oficinas.

El  pago se harà en efectivo los días viernes de cada  mes  presentando su documento de identificación en cualquiera de nuestros centros de atención.

Les recordamos a nuestras empresas afiliadas que la novedad de retiro de un trabajador deberà  ser reportada en la Planilla Integrada de Liquidaciòn de Aportes.

Asì se evitará el envío de esta informaciòn físicamente.

 

PLAZO PARA EL ENVIO DE NOVEDAD DE RETIRO DE UN TRABAJADOR

 
El plazo que establece la Ley 789/02 artículo 24 numeral 18 para que un empleador reporte la novedad de retiro de un trabajador a su cargo es de los  10 primeros días calendario de cada mes salvo que el décimo día sea festivo, podrá hacerlo el día 11.  El no cumplimiento puede ocasionar sanciones.

 

SERVICIOS QUE USTED Y SU EMPRESA OBTIENEN EN NUESTROS CENTROS DE ATENCION


Entrega de formulario de subsidio al desempleo.

Entrega de Bono desempleo.

Entrega y anticipo de subsidio.

Entrega y recibo de documentos en general: afiliaciones, auxilio educativo, retiro de trabajadores, traslado de empresas.

Afiliación de nuevas empresas a Comfamiliar.

 

TRABAJADOR QUE LABORE EN VARIAS EMPRESAS

Cuando el trabajador presta sus servicios a más de un empleador, se tendrá en cuenta para efectuar el cómputo para el cobro del subsidio familiar monetario, el tiempo diario laborado para todas ellas y el salario y se debe afiliar por la empresa que devengue mayor salario. Si es igual puede escoger la empresa por la cual se afilia a la Caja.

 Nota: En ningún caso se debe afiliar por más de una empresa a una Caja de Compensación Familiar. 
 
 
CUALQUIER INFORMACION ADICIONAL COMUNIQUECE A NUESTRO CONTACT CENTER (605) 385 5000 O ESCRIBA 
SCLIENTE@COMFAMILIAR.COM.CO