PROCESO DE RECOBRO SUBSIDIO DE DESEMPLEO

Beneficiarios del Mecanismo de Protección al cesante Ley 1636 de 2013, Decreto 488 y 770 del 2020 y Ley 2225 de 2022

Si usted fue beneficiario del mecanismo de protección al cesante en algún periodo en el cual no cumplía con las condiciones por Ley para recibirlo, se encuentra en la obligación de realizar la devolución de los recursos al FOSFEC.

 

¿QUÉ ES UN RECOBRO FOSFEC?

Es el proceso que se realiza a los beneficiarios del subsidio de desempleo que otorga el Mecanismo de Protección al Cesante en uno (1) o más periodos en los que la persona no cumplía con los requisitos exigidos por ley para recibir este beneficio.

 

¿CUÁNDO SE REALIZA UN PROCESO DE RECOBRO FOSFEC?

Este proceso se realiza cuando una persona recibe un beneficio del subsidio de desempleo presentando una vinculación laboral y no da aviso oportunamente de esta novedad a la Caja de Compensación quien es la administradora de los recursos del FOSFEC.

 

¿CÓMO SE IDENTIFICA UN PROCESO DE RECOBRO FOSFEC?

  • Cuando NO se informa oportunamente el cambio de situación laboral y accede a las prestaciones económicas que ofrece el programa FOSFEC presentando una vinculación laboral. 
  • Cuando se detecte duplicidad en el pago a la seguridad social.
  • Cuando se realizan los cruces de información manual entre Cajas de Compensación.
  • Los trabajadores cesantes que, luego de terminar una relación laboral, mantengan otra(s) vigente(s) 
  • Quienes obtuvieren mediante simulación o engaño algún tipo de beneficio del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante

 

¿CÓMO SABER SI SE ENCUENTRA EN UN PROCESO DE RECOBRO FOSFEC?

  • La caja de compensación le realizará la notificación del proceso presentado a través de los medios autorizados como lo es Carta física a la dirección suministrada al momento de postularse y / o correos electrónicos.
  • Presenta un bloqueo en el sistema de créditos de la Caja de Compensación el cual le impedirá acceder a estos.
  • En la oficina virtual de la Caja de Compensación en la opción Recobro FOSFEC encontrará el proceso que presenta.

 

¿CÓMO RESOLVER EL PROCESO DE RECOBRO FOSFEC?

  • Si se logra soportar que al momento del otorgamiento del beneficio la persona aún no contaba con una vinculación laboral, el recobro quedará anulado.
  • Realizando la devolución total de los recursos percibidos indebidamente.
  • Tramitando acuerdo de pago para el reintegro de los recursos indebidamente percibidos ya sea comprometiendo el subsidio familiar que recibe en la actualidad como trabajador afiliado a la Caja de Compensación para cubrir esta deuda o a través de cuotas pagadas en cualquier de los centros de atención o transferencia bancaria.

Nota: El incumplimiento del acuerdo de pago da lugar a la suspensión del subsidio familiar que recibe en la actualidad como trabajador afiliado a la Caja de Compensación o cualquier sanción legal que amerite el caso.

 

¿DÓNDE PUEDO SOLICITAR MAYOR INFORMACIÓN CON RELACIÓN AL RECOBRO FOSFEC? 

Se puede acercar a nuestra oficina principal ubicada en la calle 48 N.º 43 – 104 primer piso centro de atención Comfamiliar Atlántico o por medio del correo electrónico  cobrofosfec@comfamiliar.com.co  

 

PARA TENER EN CUENTA 

  1. Informe su novedad oportunamente para la suspensión de los beneficios.
  2. Al momento de postularse al subsidio de desempleo identifique cuáles son sus deberes y responsabilidades, así como también la aceptación de términos y condiciones que maneja el programa FOSFEC.
  3. Identifique cuáles con los periodos que presentan multiafiliacion e infórmelo al área de subsidio de desempleo.
  4. Si tomó los beneficios estando vinculado laboralmente, es su deber devolverlos Ley 2225 del 2022. Artículo 7, párrafo 3
  5. Deberán devolver las sumas de las transferencias económicas consignadas y los aportes hechos al Sistema General de Seguridad" Social, más sus intereses, sumado a las acciones penales a que haya lugar.
  6. La cuenta bancaria autorizada para el proceso de recobro es: cuenta de ahorro Davivienda No. 027500061422 a nombre de Comfamiliar Atlántico.
  7. Una vez realizado el pago debe remitir copia legible del mismo al correo electrónico cobrofosfec@comfamiliar.com.co  donde se identifique nombre, número de identificación, valor y fecha de pago.
  8. Solicite su paz y salvo ya sea de forma física o electrónica.

 

IMPORTANTE:

Informe inmediatamente de su nueva vinculación laboral  a través de los correos electrónicos: fosfec@comfamiliar.com.co  , fosfec2@comfamiliar.com.co  , desempleo@comfamiliar.com.co  
 

El proceso de recobro que realizan las Cajas de Compensación se encuentra basado en la Ley 21 de 1982, Decreto 1072 del 2015, Resolución 0853 del 2020 y la Ley 2225 de 2022