Subsidio Educativo para Personas con Discapacidad

20/Oct/2009
Comfamiliar Atlántico informa a sus afiliados que estén interesados en recibir subsidios educativos para personas con discapacidad
						
										
										
							

VER VIDEO TUTORIAL

 

Subsidio Educativo para Personas con Discapacidad

Es un subsidio para estudios escolares, a aquellas personas con discapacidad cognitiva o mental, beneficiario (a) que tengan derecho al subsidio en dinero, presenten certificados de estudio y se encuentren activos en la Caja de Compensación.

 

REQUISITOS:

  • El beneficiario debe estar afiliado a la Caja con la señal de discapacidad y recibir doble subsidio.
  • Debe tener discapacidad cognitiva o mental.
  • La institución educativa debe ser para niños con discapacidad o con inclusión educativa.
  • La institución educativa debe tener convenio y encontrarse activa con la caja de compensación.
  • La institución educativa debe presentar anualmente ante la caja de compensación la resolución de costos emitida por secretaría de educación del año en curso o la gobernación del atlántico. 
  • El Subsidio Educativo Especial solo se otorga al afiliado que devengue hasta 4 SMMLV.
  • La empresa donde labora el solicitante debe estar al día con sus aportes.
 

INSTITUCIONES HABILITADOS EN CONVENIO

Conozca los colegios habilitados y con convenio vigente. Descargue el listado  clic aquí

Nota: Para instituciones nuevas el plazo para incluirlas en el listado de colegios aptos en el Subsidio Escolar por discapacidad, será desde el mes de marzo hasta el último día hábil de octubre. 

 

PERIODOS DE POSTULACIÓN:

Las postulaciones para este Subsidio Educativo inician a partir del mes de diciembre hasta el último día hábil del mes de enero. Las postulaciones se realizan únicamente a través de la Oficina Virtual con el usuario y clave de cada afiliado una vez al año.

 

PASOS PARA REALIZAR LA POSTULACIÓN  DEL SUBSIDIO EDUCATIVO ESPECIAL:

1- Ingresa a  www.comfamiliar.com.co

2- Despliega el menú "Servicios en Línea".

3- Selecciona la opción "Oficina Virtual".

4- Ingresa a la opción "Personas" y diligencia los datos solicitados (Si eres un usuario nuevo puedes registrarte a través de la opción "Regístrese Aquí").

5- En el menú de empleados afiliados, seleccione "Postulación de Subsidio Educativo Especial".

6- Ingresa a "Nueva Postulación".

7- Diligencia los campos y adjunta los documentos solicitados.

8- Para finalizar la postulación debes dar clic en la opción de “Salvar”.

 

DOCUMENTOS QUE SE DEBEN ANEXAR A LA POSTULACIÓN:

 Beneficiarios antiguos.

  • Adjuntar certificado de estudio del beneficiario (a), indicando el valor de la mensualidad y el grado para el año en curso. Solo se tendrá en cuenta el valor de la mensualidad asignado por la Secretaría de Educación.
 

Beneficiarios nuevos.

  • Estar afiliado a la Caja de Compensación Comfamiliar Atlántico con la señal de discapacidad y recibir el subsidio monetario familiar.
  • Certificado de estudio del beneficiario(a), indicando el valor de la mensualidad del año en que va cursar. Solo se tendrá en cuenta el valor de la mensualidad asignado por la Secretaría de Educación.
  • Certificado de discapacidad emitido por la Secretaría de Salud o Junta Regional de Invalidez.

Nota: Para los casos que ingresen por traslado de caja de compensación y deseen solicitar el subsidio deben presentar el certificado por parte de la caja de compensación anterior, informando el pago realizado por ésta.

Nota 2: La presentación de la solicitud NO implica compromiso alguno para Comfamiliar Atlántico.

 

TENER EN CUENTA …...

  • El plazo para subsanar deficiencias será hasta el último día hábil del mes de abril.
  • Los reclamos se recibirán hasta el décimo día del mes mayo.
  • Los documentos adjuntos no permiten su visualización, para evitar esto los archivos deben estar en formato pdf, jpg y png.
 

VENTAJAS DE LA POSTULACIÓN VÍA WEB:

  • Se podrá realizar desde la comodidad de su hogar o lugar de trabajo.
  • Evitará realizar largas filas para la entrega de los documentos.
  • Ahorra tiempo valioso.
  • Evitará pago de transporte.
 

ENTREGA DEL SUBSIDIO EDUCATIVO ESPECIAL.

Comfamiliar Atlántico, luego de recibir los formularios, los estudia y confirma que cumplan con los requisitos estipulados para tal fin, posteriormente envía el auxilio directamente a través de transferencia electrónica a las instituciones de la siguiente manera: entre los meses de mayo y junio lo correspondiente al primer semestre del año, y entre los meses de septiembre y octubre lo correspondiente al segundo semestre del año.

Nota: El afiliado recibirá este beneficio siempre y cuando al momento del pago cumpla con los demás requisitos de la caja de compensación.

 

IMPORTANTE…...

  • Una vez se apruebe el Subsidio Educativo el pago será realizado por transferencia electrónica a nombre de la Institución, siempre y cuando la empresa donde labore el trabajador afiliado, esté al día en sus pagos de aportes y tanto el trabajador como su grupo familiar se encuentren afiliados.
  • Para el caso que el afiliado requiera cambio de Institución Educativa se debe realizar en las siguientes fechas: Para la primera cuota solicitar cambio antes del último día hábil de abril y para la segunda cuota solicitar el cambio antes del último día hábil del mes de agosto. 
  • La institución educativa debe enviar a Comfamiliar Atlántico la resolución de costos educativos aprobados por la Secretaría de Educación anualmente. Dado el caso que la institución no haya entregado la Resolución año 2023 no se podrá tramitar el subsidio.
  • El formulario debe estar totalmente diligenciado, no omitir información.

NOTA: Si el afiliado no alcanza a entregar los documentos en las fechas mencionadas, debe esperar la próxima postulación que se realiza una vez al año.

 

¿CUÁNDO SE PIERDE EL DERECHO?

  • El salario devengado por el afiliado no debe superar los 4 SMLV y la sumatoria de salarios del grupo familiar no debe superar 6 SMLV.
  • Por falsedad en los documentos presentados o entregados en la Caja de Compensación.
  • Cuando se establezca que el beneficiario del auxilio escolar esté laborando o haya formalizado unión libre o en el caso de haber contraído matrimonio.
  • Fallecimiento del hijo beneficiado.
  • Cuando el hijo o los hijos estén estudiando en instituciones sin convenio o inactivos con la Caja de Compensación.
  • Si el afiliado solicita Subsidio Escolar normal o formal, no puede postularse a este subsidio.
  • Por mora de las empresas en el pago de sus aportes mensuales.
  • Si no cumplen las horas laboradas en el mes (96 a 240).
  • Cuando presenta una deficiencia y no suministró las pruebas requeridas para resolverla.

De manera definitiva:

  • Fallecimiento del hijo beneficiado y/o del trabajador beneficiario. 
 

Información:

Contact center: 385 5000

Correo: Info@comfamiliar.com.co

 

HORARIO DE ATENCIÓN.

Centro de Atención Principal- Calle 48 # 43-104

Lunes a Viernes de 8:00 am 6:00 pm (jornada continua)

Sábados: 8:00 am - 12:00 m.