Preguntas Frecuentes

10/Aug/2015
Conozca las preguntas frecuentes acerca del servicio de la Agencia de Empleo
						
										
										
							

1. ¿A quién le aplica el decreto 1668 del 2016?

R/. El Decreto aplica a  todos los municipios donde se desarrollen proyectos de exploración y producción de hidrocarburos y cobijarán a todos los empleadores que vinculen personal a los mismos? A los   prestadores autorizados del Servicio Público de Empleo que  tengan autorizada la prestación  presencial en el municipio donde se desarrolle el proyecto y a las personas que residen en el territorio del área de influencia de los proyectos de exploración y explotación petrolera, y que en caso de no encontrarse mano de obra no calificada en dicho territorio, se podrá contratar personas de los territorios municipales vecinos, privilegiando de esta manera la contratación de mano de obra residente en los territorios del área de influencia de los mencionados proyectos. 

 

2. ¿Cuál es el término de publicación de las vacantes del sector hidrocarburos?

R/. El término de vigencia de la publicación de la vacante, no podrá ser inferior a tres (3) días hábiles ni superior a seis (6) meses.

 

3. ¿Se puede publicar una vacante del sector hidrocarburos exclusivamente para residentes de una vereda o corregimiento?

R/. No, Se extenderá para toda el área de influencia del municipio o los municipios donde se desarrolle el proyecto de exploración y producción de hidrocarburos.

 

4. ¿Se pueden remitir únicamente los candidatos auto postulados de un proceso E&P? 

R/. No, Se remiten los oferentes auto postulados y aquellos que estén registrados en la plataforma los cuales se evidencian realizando  Matching . Se remiten de acuerdo al orden de priorización y tiempo cesante y teniendo en cuenta si la vacante es calificada o no calificada.  


5. ¿Para una vacante del sector hidrocarburos cuantos candidatos se pueden remitir por puesto de trabajo?

R/. Para una vacante del sector hidrocarburos se deben de remitir los candidatos de la siguiente manera:
Mano de obra no calificada MONC: Mínimo 15 máximo 20 hojas de vida por cada puesto de trabajo. Tener en cuenta que para MONC se deben remitir del área Rural 60% y Urbano 40 %. Mano de obra calificada: Mínimo 10 máximo 15 hojas de vida por cada puesto de trabajo.
Se debe realizar (3) tres remisiones en el primer nivel de priorización, antes de enviar la totalidad de hojas de vida del primer anillo.