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Deberes y Derechos

Carta Deberes y Derechos Afiliados

Carta derechos y deberes afiliados a la Caja de Compensación Familiar Comfamiliar Atlántico

En Comfamiliar Atlántico es fundamental que los afiliados, beneficiarios y clientes en general conozcan sus derechos y deberes en relación con los servicios que presta la Caja de Compensación Familiar. La presente carta tiene como propósito promover el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes, facilitando el acceso oportuno e informado a los servicios y beneficios que la Caja pone a su disposición.

I. Derechos del afiliado, del beneficiario y del cliente en general

El afiliado, el beneficiario y el cliente en general de la Caja de Compensación Familiar Comfamiliar Atlántico tiene derecho a:

  1. Recibir un trato con amabilidad, honestidad y respeto de su dignidad humana e igualdad sin discriminación por razones sociales, raciales, económicas, ideológicas, de orientación sexual, identidad de género o cualquier otra condición, así como a la protección de la honra, reputación, vida privada y familiar.
  2. Recibir un servicio con estándares de calidad y seguridad en los tiempos y condiciones establecidos, dentro de una infraestructura adecuada.
  3. Acceder libremente a una oferta de productos y servicios de acuerdo con la tarifa correspondiente a su categoría.
  4. Recibir información clara, oportuna, veraz, actualizada y completa sobre los beneficios, productos y servicios que se ofrecen al afiliado, usuario y su familia, a través de los diferentes medios habilitados por la Caja.
  5. Recibir información sobre las normas, reglamentos y políticas de la Caja de Compensación y del Sistema de Subsidio Familiar.
  6. Conocer el procedimiento para afiliarse con su grupo familiar, cumpliendo con los requisitos y condiciones establecidas en la ley y recibir una identificación que lo acredite como afiliado; la cual puede descargar a través de la página web de la Caja, Oficina Virtual, opción “Generación de Carnet”.
  7. Acceder al subsidio monetario y en servicios, que otorga la Caja de Compensación Familiar por sus beneficiarios, de acuerdo con los parámetros de ley vigentes, siempre y cuando haya aportado las pruebas que lo acrediten como beneficiario. Así como al subsidio especial para beneficiarios con discapacidad.
  8. Recibir un subsidio extraordinario por muerte, en caso de fallecimiento de una persona a cargo del trabajador beneficiario, equivalente a 12 cuotas de subsidio familiar, también tienen derecho las personas a cargo en caso de fallecimiento del trabajador beneficiario.
  9. Postularse al subsidio de vivienda siempre que cumpla con los requisitos de ley.
  10. Postularse al subsidio al desempleo en caso de quedar desempleado y cumpla con los requisitos de ley.
  11. Presentar peticiones, quejas, reclamos, sugerencias y felicitaciones, verbalmente, por escrito o por cualquier medio idóneo, y a obtener una respuesta oportuna y eficaz en los plazos establecidos por la Ley.
  12. Acceder a las autoridades y estamentos competentes para la protección de sus derechos.
  13. Garantizar que la información personal y empresarial suministrada a la Caja sea manejada con responsabilidad y confidencialidad correspondiente dentro del marco de la protección establecida al respecto, en la normatividad vigente en Colombia.
  14. Recibir atención especial y preferente si se trata de personas con discapacidad (física, auditiva, visual, sordoceguera, intelectual, psicosocial (mental) o múltiple), personas con movilidad reducida, personas de talla baja, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes o con niños en brazos, adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de conformidad con el artículo 13 de la Constitución Política.
  15. Continuar disfrutando de los servicios de Capacitación, Recreación y Turismo Social de la Caja, con la tarifa más baja que ésta tenga contemplada, para los pensionados que durante 25 años estuvieron vinculados al Sistema del Subsidio Familiar.
  16. Ejercer el derecho de petición de manera gratuita y sin necesidad de apoderado.
  17. Ser informado sobre la gestión realizada respecto de su solicitud.
  18. Que las peticiones de reconocimiento de un derecho fundamental sean recibidas de forma prioritaria.
  19. Exigir el cumplimiento de las responsabilidades de los empleados de la Caja y de los particulares que cumpla funciones públicas.
  20. Ejercer cualquier otro derecho que le reconozcan la constitución y las leyes.

II. Deberes del afiliado, del beneficiario y del cliente en general

  1. Acatar la Constitución y las leyes.
  2. Obrar conforme al principio de buena fe, absteniéndose de utilizar maniobras dilatorias en las actuaciones y de efectuar o aportar, a sabiendas declaraciones o documentos falsos o hacer afirmaciones temerarias, entre otras conductas.
  3. Entregar oportunamente y de manera actualizada su información y la de su grupo familiar para facilitar la identificación de su trámite, solicitud o necesidad.
  4. Afiliar oportunamente su núcleo familiar (cónyuge, compañeros permanentes, hijos, hijastros, hijos adoptivos, padres y/o hermanos que acrediten derechos), presentando el formulario de afiliación debidamente diligenciado, sin enmendaduras, con información veraz, clara y completa, anexando documentos, vigentes, legibles y exigidos por la ley.
  5. Actualizar los documentos requeridos por ley en las fechas establecidas por la Caja, con el fin de causar el derecho al subsidio monetario.
  6. Reclamar el documento que lo acredite como afiliado a la Caja, conservándolo en buen estado y presentarlo cada vez que vaya a hacer uso de los servicios, el cual es personal e intransferible e informar sobre la pérdida o extravío a la Caja de Compensación.
  7. Actualizar los datos cada vez que haya lugar en forma completa, veraz, clara y oportuna e informar las novedades tanto del titular de la afiliación como de su núcleo familiar, que afecte su calidad de beneficiario.
  8. Conocer el portafolio de servicios que ofrece la Caja de Compensación, por medio de los diferentes canales de comunicación que se tienen dispuestos para tal fin.
  9. Mantenerse informado sobre los procedimientos, condiciones de acceso y restricciones asociadas al uso de los servicios de la Caja.
  10. Conocer y cumplir las normas, procedimientos y reglamentos establecidos por la Caja para la prestación de los servicios y el acceso a los mismos.
  11. Hacer buen uso de las instalaciones, bienes y servicios de la Caja, siguiendo las indicaciones, políticas, normas, reglamentos y condiciones de uso. Cuidar las instalaciones, prevenir o informar sobre daños, molestias, averías o algún tipo de perjuicio.
  12. Pagar oportuna y totalmente los productos y servicios adquiridos, según las condiciones establecidas en cada uno de los servicios.
  13. Tratar con dignidad, respeto y consideración al personal humano que lo atiende, al igual que a otros usuarios y sus familias, cumpliendo las normas de convivencia y reglamentos de uso de los servicios establecidos por la Caja.
  14. Ejercer con responsabilidad sus derechos, y abstenerse de reiterar solicitudes evidentemente improcedentes para evitar que las nuevas solicitudes radicadas se conviertan en reiteraciones permanentes que afecten los tiempos de los tramites y la agilidad de respuesta de los mismos.
  15. Solicitar, en forma oportuna y respetuosa, documentos y/o servicios.
  16. Dar aviso a la Caja de Compensación si las condiciones de los requisitos para recibir un subsidio cambian y pierde el derecho a recibir el mismo.
  17.  Devolver a la Caja de Compensación todo subsidio que reciba sin tener derecho, por el no cumplimiento de la Ley.