La Caja de todos, La Caja que todos quieren.
Subsidio
Comfamiliar > Subsidio >
|
AFILIACIÓN VETERANOS FUERZA PÚBLICAINCENTIVO PARA LA GENERACIÓN DE EMPLEO – NO APORTE A CAJAS DE COMPENSACIÓN EN CASO DE CONTRATAR VETERANOS DE FUERZA PÚBLICA.
El Decreto 1346 de 2020, promueve la contratación de veteranos de la fuerza pública al exonerar a los empleadores de no realizar pagos de aportes a las Cajas de Compensación Familiar. La condición es que el sea personal nuevo que tenga entre 18 y 40 años y ostenten la calidad de Veteranos de la Fuerza Pública durante los 2 primeros años de vinculación.
Aplica para: Empleadores que vinculen a nuevo personal a su empresa que al inicio del contrato de trabajo tengan entre 18 y 40 años de edad y sean veteranos de Fuerza Pública. Los empleadores estarán exentos de realizar aportes a las Cajas de Compensación Familiar durante 2 años de la vinculación. Benéficos para los trabajadores veteranos: Los trabajadores afiliados mediante este mecanismo gozarán de los servicios sociales referentes a recreación, turismo social y capacitación organizados por parte de las Cajas de Compensación Familiar durante los tres (3) primeros años de vinculación. A partir del cuarto (4) año gozarán de la plenitud de los servicios, programas y subsidios del Sistema de Subsidio Familiar conforme a las normas vigentes. Requisitos:
Pérdida de los beneficios. Quienes suministren información falsa con el propósito de obtener la exoneración prevista en el artículo 16 de la Ley 1979 de 2019, una vez sea probada dicha situación por parte de la Unidad Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), perderán de manera inmediata el beneficio y deberán pagar el valor de las exenciones a las que hayan accedido con los respectivos intereses moratorias, sin perjuicio de las acciones penales a que haya lugar. Descarga formulario de afiliación aquí. Resolución No. 1881 de 2021 - Ministerio del Trabajo
|