El subsidio familiar de vivienda es un aporte en dinero
que se otorga por una sola vez a un trabajador para
ayudarle a adquirir una vivienda de interés social.
Por intermedio de Vivienda de Interés
Social FOVIS, Comfamiliar del Atlántico asigna
a sus afiliados el Subsidio Familiar de Vivienda, como
un complemento del ahorro, destinado a la adquisición
de una solución nueva, y además administra
los subsidios para la población no afiliada con
recursos del Gobierno Nacional.
Tener por lo menos el 10% del valor de la
vivienda deseada en una cuenta de ahorro programado,
en cesantías depositadas en los Fondos
Privados de Cesantías o en el Fondo Nacional
de Ahorro, en Fondos Comunes, en Cooperativas
y/o Fondos de Empleados.
Conformar un hogar y vivir bajo un mismo techo.
Este grupo familiar puede estar conformado por
las siguientes personas:
Matrimonios con o sin hijos, uniones libres
con o sin hijos, padres con hijos, hijos
con padres, abuelos con nietos, nietos con
abuelos, hermanos, tíos con sobrinos,
sobrinos con tíos, padres con hijos
adoptivos, suegros con nuera o yernos, cuñados,
padres con hijastros, entre otros.
No poseer vivienda propia ni el trabajador
ni su cónyuge.
No haber tenido crédito a través
del Instituto de Crédito Territorial,
o haber recibido subsidio para vivienda del
Inurbe, Caja Agraria, Cajas de Compensación,
Fogafín u otras entidades públicas
en casos de desastres.
No estar afiliado a la Caja Promotora de Vivienda
Militar.
Que los ingresos familiares no superen los
cuatro salarios mínimos legales vigentes
mensuales.
Que la empresa en la cual labora se encuentre
al día en sus aportes.
Todos estos requisitos dan el derecho a solicitar
el subsidio. Sin embargo, su asignación
será por concurso y teniendo en cuenta
la calificación del formulario, de acuerdo
con normas vigentes.
NOTA:
De acuerdo con el parágrafo
del artículo 21 Decreto 975/04, en cuanto
ahorro previo para la postulación al subsidio
de vivienda: "Se exceptúan para efectos
de requisito del ahorro, los hogares con ingresos
hasta 2 salarios mínimos legales y tengan
garantizada la totalidad de la financiación
de la vivienda"